DESCRIPCIÓN
ALQUILER TEMPORARIO AMOBLADO – MICROCENTRO | ESMERALDA 740<div><br></div><div>Moderno y luminoso departamento monoambiente totalmente amoblado, ubicado en una de las zonas más estratégicas de la Ciudad de Buenos Aires, sobre Esmeralda al 740, a pocos metros del Obelisco, la Avenida Corrientes y los principales atractivos turísticos y comerciales de la ciudad.</div><div><br></div><div>La unidad está equipada para una estadía cómoda y funcional, contando con cama matrimonial, mesa con dos sillas, TV, cocina eléctrica totalmente equipada y amplios espacios de guardado. Además, dispone de conexión WiFi de alta velocidad de 600 Mb, ideal para home office, trabajo remoto o videollamadas.</div><div><br></div><div>Gracias a sus ventanas con vidrios polarizados, ofrece mayor privacidad y confort durante todo el día. Su excelente ubicación permite acceder fácilmente a múltiples líneas de transporte público, restaurantes, cafés, teatros y centros comerciales.</div><div><br></div><div>Ideal para profesionales, estudiantes o viajeros que buscan comodidad, conectividad y una ubicación privilegiada en el corazón de Buenos Aires.<br><br>Los gastos están cubiertos hasta el monto de 25 dólares, si hay un exceso en la factura se cobrara el excedente.</div><div><br></div><div>REQUISITOS DE ALQUILER:</div><div>• Contrato de 1 a 6 meses.</div><div>• Valor expresado en dólares estadounidenses billete.</div><div>• 1 mes de alquiler por adelantado.</div><div>• Depósito de garantía: USD 1.000 (reembolsable al finalizar el contrato).</div><div>• Seguro de caución o pago anticipado de la totalidad del contrato.</div><div><br></div><div>__<div><br></div><div>“El Señor bendecirá tu morada.” - La Biblia</div><div>Te desea Verardi Propiedades</div><div>Matricula CUCICBA Nº8604 - Francisco Verardi</div><div><br></div><div>Todas las propiedades publicadas están a cargo del profesional matriculado, la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas. Ley 5859, Art. 4°, se deja constancia que “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al 4,15% del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias. Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad y no comprometen contractualmente a nuestra empresa. Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse. Fotografías no vinculantes ni contractuales.</div><div>Con el objetivo de mantener una colaboración equitativa y clara en nuestros procesos, les informamos que compartiremos con ustedes las mismas condiciones de honorarios que ofrece la otra inmobiliaria. Específicamente, compartiremos la operacion a aquellos colegas que realicen la consulta, acompañen a sus clientes en las visitas a las propiedades y participen activamente en todas las instancias posteriores que involucran la venta de la propiedad.</div><div><br></div></div><br>